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Procedimiento restringido
Procedimiento ordinario en dos fases: cualquier empresa solicita participar, y solo las seleccionadas por su solvencia son invitadas a presentar oferta.
Qué es
En el restringido cualquier empresa interesada presenta una solicitud de participación en respuesta al anuncio, pero solo presentan proposición las que el órgano de contratación selecciona atendiendo a su solvencia, con criterios objetivos fijados antes del anuncio. El número mínimo de invitados no puede ser inferior a cinco, y puede fijarse un máximo. Está prohibida toda negociación. La ley lo considera especialmente adecuado para servicios intelectuales complejos, como consultoría, arquitectura o ingeniería.
Los plazos tienen dos tramos. En contratos armonizados, al menos 30 días para solicitar participar desde el envío del anuncio al DOUE (15 en urgencia), y al menos 30 días para la oferta desde la invitación escrita, reducibles a 10 con anuncio previo o urgencia y en cinco días más si se admite la oferta electrónica. En los no armonizados, 15 días para solicitudes y 10 para ofertas.
Las solicitudes van acompañadas de la declaración responsable del DEUC, que aquí añade el cumplimiento de los criterios objetivos de selección. Es el procedimiento base del que toman sus reglas la licitación con negociación, el diálogo competitivo y el sistema dinámico de adquisición.
En la LCSP
- art. 160 LCSP: caracterización, prohibición de negociar y adecuación a servicios intelectuales complejos
- art. 161 LCSP: plazos de las solicitudes de participación (30 días armonizados, 15 no armonizados)
- art. 162 LCSP: criterios objetivos de selección y mínimo de cinco candidatos invitados
- art. 164 LCSP: plazos de las proposiciones (30 días armonizados, 10 no armonizados)
Citas comprobadas en el texto consolidado de la Ley 9/2017 en el BOE el 25 de octubre de 2026. Las cifras que cambian llevan su norma y su fecha; el pliego de cada licitación manda sobre cualquier resumen.
Cómo lo usa Adjudico.es
En un restringido la solvencia no solo admite: selecciona. La decisión por licitación te muestra qué requisitos técnicos cubre tu historial público, con los expedientes que lo prueban, antes de pedir participar.
Términos relacionados
- Procedimiento abierto: Procedimiento ordinario en el que cualquier empresa interesada presenta oferta, sin negociación y sin selección previa de candidatos.
- Procedimiento negociado: Procedimiento excepcional en el que el órgano de contratación negocia las condiciones con uno o varios candidatos; con publicidad (licitación con negociación) o sin ella.
- Solvencia técnica o profesional: Experiencia, medios y cualificación mínimos que el pliego exige para ser admitido; en servicios y suministros, sobre todo trabajos similares de los tres últimos años.
- DEUC (documento europeo único de contratación): Formulario europeo normalizado con el que el licitador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos para contratar; sustituye a la documentación hasta la adjudicación.
- Sistema dinámico de adquisición: Procedimiento totalmente electrónico para compras corrientes, abierto durante toda su vigencia a cualquier empresa que cumpla los criterios de selección, con una licitación por cada contrato específico.