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ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas)
Registro del Ministerio de Hacienda que acredita ante cualquier órgano de contratación la capacidad, representación, solvencia y clasificación de una empresa; obligatorio en el abierto simplificado.
Qué es
El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público inscribe los datos que acreditan la aptitud de las empresas para contratar: personalidad y capacidad, representantes y apoderados, habilitación profesional, solvencia económica y técnica, clasificación y prohibiciones de contratar. Depende del Ministerio de Hacienda y lo lleva la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado; está interconectado con el Registro Electrónico de Apoderamientos. Las clasificaciones se inscriben de oficio.
La inscripción acredita frente a todos los órganos de contratación, salvo prueba en contrario, las circunstancias inscritas: quien está inscrito no tiene que aportar los documentos de esos datos cuando es propuesto adjudicatario. En el procedimiento abierto simplificado la inscripción (o al menos la solicitud presentada antes del fin del plazo de ofertas) es requisito de admisión, y la mesa comprueba en el registro la constitución, los poderes, la solvencia y la ausencia de prohibiciones del propuesto. Las comunidades autónomas pueden tener registros propios con idénticos efectos.
Inscribirse lleva semanas; hacerlo antes de necesitarlo es la primera recomendación práctica a cualquier empresa que empieza a licitar.
En la LCSP
- art. 337 LCSP: objeto, dependencia e interconexión del registro
- art. 338 LCSP: inscripción de oficio de clasificaciones y prohibiciones
- art. 96 LCSP: efectos acreditativos de la inscripción
- art. 140.3 LCSP: los inscritos no aportan los documentos de los datos inscritos
- art. 159.4.a y 159.4.f LCSP: inscripción exigida en el abierto simplificado y comprobación por la mesa
Citas comprobadas en el texto consolidado de la Ley 9/2017 en el BOE el 25 de octubre de 2026. Las cifras que cambian llevan su norma y su fecha; el pliego de cada licitación manda sobre cualquier resumen.
Cómo lo usa Adjudico.es
Lo que el ROLECE no acredita es la experiencia concreta que pide cada pliego. Para eso está la decisión por licitación: tus adjudicaciones públicas contrastadas con cada requisito técnico publicado.
Términos relacionados
- Declaración responsable: Documento firmado con el que el licitador afirma cumplir los requisitos de capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones, aportando las pruebas solo si resulta propuesto adjudicatario.
- Clasificación empresarial: Certificado oficial por grupos, subgrupos y categorías que acredita de una vez la solvencia de un contratista de obras o de servicios.
- Procedimiento abierto simplificado: Variante rápida del procedimiento abierto para contratos de hasta 2 millones en obras y por debajo del umbral armonizado en suministros y servicios, con inscripción en el ROLECE.
- DEUC (documento europeo único de contratación): Formulario europeo normalizado con el que el licitador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos para contratar; sustituye a la documentación hasta la adjudicación.
- Solvencia económica y financiera: Capacidad financiera mínima que el pliego exige para ser admitido a una licitación, acreditada con volumen de negocios, seguro o patrimonio neto.