Glosario · P
PCAP (pliego de cláusulas administrativas particulares)
Documento que fija las reglas jurídicas y económicas de una licitación: solvencia, criterios de adjudicación, garantías, modificaciones, penalidades y derechos y obligaciones de las partes.
Qué es
El pliego de cláusulas administrativas particulares es el contrato en potencia. Debe aprobarse antes de la licitación y solo puede modificarse después por error material, de hecho o aritmético; cualquier otra modificación obliga a retrotraer actuaciones. Sus cláusulas se consideran parte del contrato, que debe ajustarse a él.
Incluye los criterios de solvencia y de adjudicación, las consideraciones sociales y ambientales que se exijan como solvencia, criterio o condición especial de ejecución, la previsión de cesión del contrato, la obligación de cumplir el convenio colectivo sectorial, las penalidades, la fórmula de revisión de precios si la hay, las modificaciones previstas con su alcance y porcentaje máximo, la garantía definitiva y, en general, los pactos que definen derechos y obligaciones. También recoge los parámetros objetivos de anormalidad de las ofertas y el modelo de declaración responsable.
Para quien licita, el PCAP es el documento que hay que leer entero antes de decidir: dice qué hay que acreditar, cómo se puntúa, qué se puede subcontratar y qué penaliza. Es recurrible por sí mismo mediante recurso especial en los contratos que lo admiten, pero no una vez presentada la oferta.
En la LCSP
- art. 122 LCSP: aprobación previa, contenido mínimo y carácter contractual de los pliegos de cláusulas administrativas particulares
- art. 116.3 LCSP: incorporación al expediente de los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas
- art. 138 LCSP: acceso libre, directo, completo y gratuito a los pliegos por medios electrónicos desde el anuncio
- art. 44.2.a y 50.1.b LCSP: los pliegos son recurribles mediante recurso especial, en quince días hábiles desde el anuncio
Citas comprobadas en el texto consolidado de la Ley 9/2017 en el BOE el 25 de octubre de 2026. Las cifras que cambian llevan su norma y su fecha; el pliego de cada licitación manda sobre cualquier resumen.
Cómo lo usa Adjudico.es
La página de decisión lee el anuncio estructurado: criterios y su peso, requisitos de solvencia con umbral, plazo y presupuesto. Cuando el anuncio no trae la solvencia, el proceso nocturno descarga el PCAP y copia, literales y con su página, las cláusulas de solvencia, clasificación, habilitación empresarial y criterios de adjudicación; lo que fija una cifra se comprueba «según el pliego (PCAP, pág. N)». No resumimos el resto: enlazamos el expediente oficial para que el pliego, no nuestro resumen, sea lo que mande.
Términos relacionados
- PPT (pliego de prescripciones técnicas): Documento que define qué se contrata y con qué calidad: las características técnicas, sociales y ambientales de la prestación.
- Criterios de adjudicación: Reglas publicadas en el pliego con las que se puntúan las ofertas: precio y otros criterios de coste, de fórmula o de juicio de valor, siempre vinculados al objeto del contrato.
- Solvencia técnica o profesional: Experiencia, medios y cualificación mínimos que el pliego exige para ser admitido; en servicios y suministros, sobre todo trabajos similares de los tres últimos años.
- Modificación del contrato: Cambio del contenido de un contrato en ejecución, solo por interés público y en los casos tasados: previsto en el pliego hasta el 20 %, o imprevisto hasta el 50 %.
- Recurso especial en materia de contratación: Recurso gratuito y potestativo ante un tribunal administrativo independiente contra pliegos, exclusiones, adjudicaciones y modificaciones de los contratos de mayor importe, en quince días hábiles.