Glosario · L
Licitación desierta
Resultado de un procedimiento al que no concurre ninguna oferta admisible según el pliego; no puede declararse desierto si hay una oferta admisible.
Qué es
Una licitación se declara desierta cuando no se presenta ninguna oferta o ninguna de las presentadas es admisible con arreglo a los criterios del pliego (por incumplir requisitos, por exceder el presupuesto, por anormalidad no justificada). La ley lo dice en negativo: no podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición admisible. La declaración se publica en el perfil de contratante.
El desierto abre dos caminos al órgano de contratación. Volver a licitar, normalmente corrigiendo lo que ahuyentó a las empresas (presupuesto bajo, solvencia excesiva, plazos). O acudir al negociado sin publicidad, que la ley permite cuando en un abierto o restringido no se ha presentado ninguna oferta o ninguna adecuada, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones iniciales ni se aumente el presupuesto. Si solo hubo ofertas irregulares o inaceptables, cabe la licitación con negociación o, invitando a todos los que ofertaron en forma, el negociado sin publicidad.
Un desierto reiterado en un organismo es una señal de mercado: el precio o los requisitos están mal calibrados, y la siguiente convocatoria suele mejorar para el licitador.
En la LCSP
- art. 150.3 LCSP: no puede declararse desierta una licitación con alguna oferta admisible
- art. 168.a.1.º LCSP: negociado sin publicidad tras un abierto o restringido sin ofertas o sin ofertas adecuadas
- art. 167.e y 168.b.2.º LCSP: ofertas irregulares o inaceptables previas
- art. 63.3.e LCSP: publicación de la declaración de desierto en el perfil
Citas comprobadas en el texto consolidado de la Ley 9/2017 en el BOE el 25 de octubre de 2026. Las cifras que cambian llevan su norma y su fecha; el pliego de cada licitación manda sobre cualquier resumen.
Cómo lo usa Adjudico.es
Un organismo que declara desiertas sus licitaciones de limpieza dos veces seguidas suele subir el presupuesto la tercera. Su historial de adjudicaciones y bajas está en la decisión de cada licitación suya.
Términos relacionados
- Desistimiento y renuncia (decisión de no adjudicar): Dos formas de terminar una licitación sin contrato antes de formalizarlo: la renuncia por interés público y el desistimiento por una infracción no subsanable del procedimiento.
- Procedimiento negociado: Procedimiento excepcional en el que el órgano de contratación negocia las condiciones con uno o varios candidatos; con publicidad (licitación con negociación) o sin ella.
- Adjudicación: Acto motivado por el que el órgano de contratación elige la mejor oferta y designa a la empresa que ejecutará el contrato.
- Oferta anormalmente baja (baja temeraria): Oferta cuyo precio o condiciones hacen presumir que no puede cumplirse; «temeraria» o «desproporcionada» es el nombre coloquial heredado de la normativa anterior.